RMER

El artículo 4 del Tratado Marco establece que el Mercado Eléctrico Regional es: “…el ámbito en que se realizan las transacciones regionales de compra y venta de electricidad entre los agentes del mercado. El mercado operará como una actividad permanente de transacciones comerciales de electricidad, con intercambios de corto plazo, derivados de un despacho de energía con criterio económico regional y mediante contratos de mediano y largo plazo entre los agentes. El mercado debe evolucionar gradualmente de una situación inicia/limitada hacia una más amplia, abierta y competitiva, apoyado en la infraestructura existente y futura, tanto nacional como regional,”

En la dirección a continuación se encontrara el RMER – Reglamento Mercado Eléctrico Regional.

http://crie.org.gt/wp/rmer-reglamento-mercado-electrico-regional/