Requisitos de Conexión a la Línea SIEPAC

El Solicitante que pretenda conectarse a la RTR podrá solicitar orientación técnica del proceso a seguir y de los requerimientos exigidos al EOR y la CRIE.

Si el solicitante requiere conectarse a la Línea SIEPAC deberán tramitar una Solicitud de Conexión ante la CRIE de acuerdo con lo establecido en RMER, la aprobación será realizada “por la CRIE con la aceptación previa del Agente Transmisor” el EOR y el OS/OM del País donde se realice la conexión. Asimismo cumplir con lo descrito en las Resoluciones CRIE 62-2016 y CRIE 77-2016 sobre los Requerimientos Específicos de Conexión a la Línea SIEPAC a efecto que los interesados puedan determinar el monto de su inversión en las obras de conexión y garantizar el mantener adecuados niveles de calidad del servicio en la región:

RESOLUCIÓN-CRIE-62-2016 REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS DE CONEXIÓN A LA LÍNEA SIEPAC

RESOLUCIÓN-CRIE-77-2016 Se DECLARA CON LUGAR PARCIALMENTE el recurso de reposición presentado por la Empresa Propietaria de la Red –EPR-, en contra de la resolución CRIE-62-2016.