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La organización del Mercado Eléctrico Regional (MER) desde sus comienzos ha estado conformada por los Agentes de cada uno de los países miembros, quienes constituyen la base de este mercado; son los Operadores de Sistema y de Mercado (OS&M) de cada uno de los países, quienes fungen como los representantes intermediarios de los agentes de cada uno de los países del área; la Unidad de Transacciones (UT) de El Salvador ha sido subcontratado por el EOR para realizar la gestión comercial transitoria del MER, el EOR ente Operador del MER, formado por 2 directores Representantes de cada uno de los 6 países de Centroamérica, quienes ejercen la dirección del MER y, la CRIE que es el ENTE Regulador del MER, conformado por 6 comisionados nombrados por los gobiernos. El Diseño General del MER, desarrollado teniendo como normativa fundamental el Tratado Marco, fue aprobado por representantes de los gobiernos en el Grupo Director en mayo de 2000. El Diseño General del MER establece lo siguiente: El MER es un séptimo mercado, superpuesto con los seis mercados o sistemas nacionales existentes, con regulación regional, en el cual los agentes habilitados por el Ente Operador Regional (EOR) realizan transacciones internacionales de energía eléctrica en la región centroamericana. La aprobación de la Reglamentación del Mercado Eléctrico de América Central, efectuada el 15 de diciembre del 2005, por la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE) fue uno de los hitos más importante del año 2005, lo cual permitió a la EPR completar las condiciones previas al inicio de desembolsos de infraestructura acordadas con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en los doce contratos de préstamo suscritos con la región para apoyar el financiamiento del proyecto. En dicho Reglamento se refleja en forma expresa como inversión planificada, el Primer Sistema de Transmisión Regional con la previsión en torres para un segundo circuito, debido a esta previsión en torres para un segundo circuito EPR ha iniciado gestiones para el financiamiento complementario del orden de los cuarenta millones de dólares (US$40.000.000,00), préstamo que será garantizado por la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. (ISA).
La Reglamentación del Mercado Eléctrico Regional El Reglamento del Mercado Eléctrico de América Central, elaborado en función del Tratado Marco y del Diseño General del Mercado, ha quedado plasmado en los siguientes cinco libros:
El ente regulador del MER es CRIE. La operación del MER será jerárquica, con un despacho central de la capacidad de transmisión y un despacho descentralizado de energía. El primer nivel jerárquico de la operación será ocupado por el EOR y el segundo lo ocuparán los operadores del sistema y del mercado nacionales (OS & M). La administración técnica y comercial del MER estará normada por la reglamentación que dicte la CRIE. Los productos que se comercializarán en el MER serán energía eléctrica horaria, servicios de transmisión, servicios auxiliares y servicios de operación del sistema y administración del MER. Estos productos se transarán en el Mercado Regional de Contratos y en el Mercado Regional de Oportunidad. La Red de Transmisión Regional (RTR) estará formada por las líneas que puedan influir significativamente en los intercambios regionales, estará sujeta a la regulación regional y nacional, y la coordinación técnica y comercial será realizada por el EOR. Las ampliaciones de la RTR serán ampliaciones a riesgo y ampliaciones planificadas de acuerdo al Sistema de Planeación de la Transmisión Regional (SPTR). El sistema de tarifas de la transmisión se basará en tres componentes:
Más información en el Operador de Mercado Mayorista Centroamericano:
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